jueves, 4 de mayo de 2017

ENVÍA GOBERNADOR MENA AL CONGRESO INICIATIVAS A FAVOR DE LA MUJER

 ENVÍA GOBERNADOR MENA AL CONGRESO INICIATIVAS A FAVOR DE LA MUJER


Contextos Regionales

El Gobernador Marco Mena envió al Congreso del Estado un paquete de iniciativas a favor de la mujer, y en contra de la violencia de género.

La primera de ellas consiste en un proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 3 y 22; se adicionan las fracciones V Bis y V Ter al artículo 13, así como los capítulos VIII y IX, a la Ley para la Prevención, Asistencia y Tratamiento de la Violencia Familiar en el Estado de Tlaxcala.

Con esta Iniciativa se actualiza la definición de violencia familiar acorde con la Ley General y se introducen conceptos como agresión física, psicológica, patrimonial, económica y sexual. También se prohíbe expresamente la conciliación o mediación entre las partes en conflicto por violencia familiar.

Además, se hace explícita la obligación de dar órdenes de protección en caso de violencia familiar y se prevé la creación de refugios de atención especializada a víctimas, con perspectiva de género.

La segunda Iniciativa consiste en el Decreto que expide la Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de los Mismos en el Estado de Tlaxcala.

Con esta Ley se homologan los principios con la Ley General, se armoniza acorde a la Ley General la reparación del daño, y se añade la figura de víctima indirecta u ofendido. Asimismo, se considera la aplicación supletoria del marco convencional y protección de derechos humanos, en particular en materia de trata de personas.

Finalmente, la Iniciativa de reforma al Código Civil para el Estado de Tlaxcala deroga el artículo 115 y reforma el artículo 123 para eliminar el requisito de un año antes de solicitar el divorcio, y deroga la fracción segunda del artículo 135 A para suprimir requisitos de ser mayor de edad para tramitar divorcio.

Adicionalmente, reforma el artículo 209 para que padres biológicos puedan reconocer a sus hijas o hijos independientemente de las circunstancias de su procreación. De igual forma, adiciona la fracción V Bis al artículo 631 para que los casos de muerte por violencia familiar o de género sean elementos que se consideren en las actas de defunción, a fin de contar con un registro puntual de las estadísticas de estos fenómenos. 

Con estas adecuaciones normativas -entregadas al Congreso Local por el Consejero Jurídico del Ejecutivo, Ramón Rafael Rodríguez Mendoza-, se garantizará la protección más amplia a los derechos de las mujeres en la entidad, bajo los lineamientos de instrumentos internacionales de protección a los derechos humanos y de leyes generales expedidas por el Congreso de la Unión.