Facultarían al Presidente
Municipal
para designar al tesorero y
contralor en la entidad veracruzana
Conserva
el Cabildo la facultad para el nombramiento, pero de no hacerlo en dos
ocasiones, el presidente municipal podrá hacerlo libremente, establece la
iniciativa del diputado Carlos Morales.
Contextos
Regionales.- Xalapa, Ver., Pablo Hernández. La LXIV Legislatura de Veracruz dio entrada a la iniciativa de decreto
que reforma los artículos 35, fracción XII, y 36, fracción XIV, de la Ley Orgánica
del Municipio Libre a fin de establecer la atribución del presidente municipal
para nombrar al tesorero y al titular del Órgano Interno de Control, en caso
que el Cabildo, pasados dos ocasiones, no lo haga.
En la sesión, el diputado Carlos Antonio Morales
Guevara presentó la iniciativa, a nombre de los integrantes de los Grupos
Legislativos del PRI y Juntos por Veracruz, en el que se plantea que el Cabildo
tendrá facultades para resolver sobre el nombramiento y, en su caso, remoción o
licencia del Tesorero, del Secretario delAyuntamiento, del Titular del Órgano
de Control Interno y del Jefe o Comandante de la Policía Municipal.
De no resolver sobre el nombramiento de los
servidores públicos mencionados en dos ocasiones, el Presidente Municipal
procederá conforme lo establece la ley.
En tribuna, el diputado dijo que la Ley Orgánica del
Municipio Libre señala que el tesorero municipal y el titular de la contraloría
son, junto con los presidentes municipales, los síndicos, el regidor de la
Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal y el director de Obras Públicas,
directamente responsables de la administración de todos los recursos públicos
municipales.
Agregó que debido a la importancia de dichos cargos,
no es positivo que se queden acéfalas al inicio de una administración municipal
las principales dependencias, ya que esto traería como consecuencia problemas
de gobernabilidad, incumplimientos o retrasos en la prestación de los servicios
públicos, afectaciones en el ejercicio de los recursos, retrasos en la
recaudación de contribuciones, como el impuesto predial, entre otras muchas
funciones relevantes.
Mediante esta iniciativa -sostuvo- se plantea
conservar la atribución del Cabildo de nombrar a los titulares de las
dependencias referidas, pero también se establece un límite de dos ocasiones
para que ello ocurra, y que, en su defecto, el presidente municipal tendría la
facultad de designar libremente a los servidores públicos en mención.
____________________________________________________________________